Artículo 85: Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada de manera regular y permanente, las siguientes obligaciones de transparencia:
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I
El Marco normativo completo que les aplica o rige, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otras.
II
La estructura orgánica completa debidamente autorizada, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembros de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Las facultades, atribuciones o funciones de cada uno de sus Áreas.
IV
Las metas y objetivos de cada uno de las Áreas de conformidad con sus programas operativos.
V
Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer.
VI
Los indicadores que permitar rendir cuenta de sus objetivos y resultados.
VII
El directorio de todos los Servidores o funcionarios Públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorario y personal de base.
VIII
La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepiones, incluyen sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señanlando la periodicidad de dicha remuneración; así como las deduciones que por cualquier concepto le sean aplicadas diretamente a la remuneración personal de que se trate.
IX
Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisiónn correspondiente.
X
El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de vacantes, por nivel de puesto, para cada una de las áreas.
Las contrataciones del servicio profesional por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.
XII
La información en Versión Pública de las declaraciones de situaciones patriomoniales de los Servidores Públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ellos, de acuerdo a la normatividad aplicable.
XIII
El domicilio de la Unidad de Transparenia, así como el nombre y cargo del responsable de dicha unidad, señalando la dirección electrónica donde se podrá recibirse las solicitudes de acceso a la información pública y de acceso, rectificaciones, cancelación y oposición de datos personales.
XIV
Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismo.
XV
La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que deberá contener lo sig...
Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie de donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
A información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto.
XVIII
El listado de Servidores Públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.
XIX
Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos.
XX
Los demás trámites, que ofrecen son sus respectivos requisitos y formatos.
XXI
La información financiera sobre el presupuesto asigando, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.
La información relativa a la deuda pública, términos de la normatividad aplicable.
XXIII
Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campañas.
Los informes de resultados de las auditorias al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
XXV
El resultado de la dictaminación de los estados financieros.
XXVI
Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.
XXVII
Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.
XXVIII
La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:
Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención.
Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.
Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos.
El cuadro general de clasificación archivística, el catálogo de disposición documental, el catálogo de series, la guía de archivos, el formato de la ficha de valoración documental y demás instrumentos de organización archivística.
XLVI
Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos.
Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente.
Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
Las solicitudes de acceso al a información publica recibidas y las respuestas otorgadas a cada una de ellas, incluyendo en su caso la información entregada.
LXXIV
Las solicitudes de acceso al a información publica recibidas y las respuestas otorgadas a cada una de ellas, incluyendo en su caso la información entregada.